La velocidad mínima del servicio de acceso a Internet de banda ancha en República Dominicana pasó de los 4 Mbps a los 30 Mbps para la bajada y de 1 a 10 Mbps de subida, por definición expresa del Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel). La medida ya entró en vigor.
La medida fue publicada mediante la resolución oficial N° 148-2024, con la que se derogó la disposición predecesora por considerarla obsoleta: había sido establecida en el primer artículo del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, que data de mayo de 2020. Esta actualización cuenta con las firmas de Guido Gómez Mazara, presidente del Consejo Directivo; y de Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva; pero también de Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, y miembro ex oficio del consejo; y de los miembros Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy.
En este marco, el Indotel apuesta que los servicios de internet estén a la par de los cambios tecnológicos y las tendencias internacionales, pero también fomentar el desarrollo digital del país.
En el comunicado oficial, el regulador destacó que esta medida permite armonizar los estándares nacionales con las prácticas de otros países de la región, como Argentina, Chile y Perú, que ya han incrementado sus umbrales para definir banda ancha; y valora que esto se traduciría en “en avances en infraestructura y en las ofertas comerciales”
“En la resolución que estuvo vigente hasta el día 7 de enero de 2025 y que fue derogada, la velocidad de Internet era de 4 Mbps, que en la actualidad es vista como internet de baja latencia para la demanda y uso que exigen los consumidores”, dijo el regulador.
En ese sentido, Gómez Mazara valoró que que esta nueva definición de la velocidad mínima de acceso a Internet, “busca alinear la definición de banda ancha con las tendencias y las necesidades del mercado local, garantizando una mayor competitividad y calidad en los servicios ofrecidos, ya que como conforme los mismos comentarios recibidos durante la consulta pública, la definición establecida en el año 2020 ha quedado obsoleta”.
Meses atrás, el organismo había sometido el tema a una consulta pública, en la que -mediante al resolución N° 084-2024- había dado lugar para que las diferentes prestadoras del servicio aportaran su mirada sobre la redefinición del servicio de acceso a Internet de banda ancha.
El “análisis realizado por este órgano regulador muestra que los estándares de velocidad para la banda ancha en otros países han evolucionado significativamente, en la medida en que las tecnologías de banda ancha fija o fibra óptica aumentan en el país”, dijo Gómez Mazara y reconoció que “todos los ISP consultados ofrecen planes superiores a 30Mbps”.
En adelante, el Indotel adelantó que esta experiencia de actualización se repetirá cada tres años, de cara a mantener la sintonía fina con los requerimientos de los usuarios.